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Normativa turística autonómica: la que regía el día de los hechos, con sus artículos anulados
· Equipo Nearius
Quien litiga en turismo y urbanismo conoce la trampa. El Decreto 79/2014 de la Comunidad de Madrid, el que regula las viviendas de uso turístico, sigue en vigor. Pero su artículo 17 tiene los apartados 1 y 3 anulados por la STSJ Madrid 992/2021 (rec. 743/2019), el inciso del visado colegial anulado por el Supremo en 2018, y el mínimo de cinco días anulado por el TSJ en 2016. Ninguna base de datos de legislación lo marca a nivel de artículo. Un escrito que cite ese artículo tal como aparece en el boletín, cita Derecho que ya no existe.
Desde hoy, Nearius incorpora la normativa turística autonómica de las 17 comunidades, con dos cosas que no estaban en ningún sitio: la redacción de cada artículo vigente en una fecha concreta, y las anulaciones judiciales cruzadas artículo a artículo.
Lo que no está en el BOE
Las leyes autonómicas de turismo sí las publica el BOE, consolidadas. Lo que nunca llega al BOE es el reglamento: los decretos y órdenes de viviendas de uso turístico, apartamentos, hoteles, turismo rural, campings, agencias y guías, que solo existen en el BOCM, el DOGC, el BOIB, el BOJA y los otros quince boletines autonómicos. Es justo donde vive el régimen de las VUT, y justo lo que hasta ahora había que buscar boletín a boletín.
Hemos leído esos diecinueve boletines, localizado cada norma en su publicación original, troceado el texto en artículos y enlazado cada uno al PDF del boletín donde se publicó. Y hemos tomado las leyes del BOE consolidado, que trae el historial completo de versiones de cada artículo.
La redacción que regía ese día
Un expediente sancionador de 2023 se recurre con la norma de 2023, no con la de hoy. Para las leyes de turismo, Nearius guarda cada artículo en todas sus redacciones, con la fecha en que entró en vigor cada una y la norma que la dio. Pedir el artículo 50 de la Llei 8/2012 del turisme de les Illes Balears a 1 de enero de 2015 devuelve la redacción original; a 2019, la de la Llei 6/2017. Ese artículo tiene nueve redacciones distintas; la herramienta sirve la que toca.
Anulaciones artículo a artículo
Cruzamos cada norma con las sentencias contencioso-administrativas del CENDOJ que la impugnan y extraemos del fallo qué artículos y apartados decaen. Cada anulación lleva su ECLI y la cita lista para pegar en el escrito. Y lleva un nivel de confianza explícito: solo las que nombran el artículo en el fallo tocan la vigencia; el resto queda como litigio registrado, sin afirmar nada que no esté en la sentencia.
Hay dos cautelas que conviene conocer. El número de una norma no es único en España: hay una Ley 8/1995 en Madrid, otra en Baleares y otra en Galicia, y el cruce filtra por el territorio del tribunal para no mezclarlas. Y cuando un decreto modifica otro, la anulación cuelga del artículo de la norma base en su redacción nueva, que es donde un abogado va a mirar.
Un ejemplo real
«¿Cuántos días como mínimo tiene que durar la estancia en una vivienda de uso turístico?» En Madrid, la respuesta es el artículo 17.3 del Decreto 79/2014, y Nearius lo devuelve marcado: el mínimo de cinco días fue anulado por las STSJ 291/2016 y 292/2016 de 31 de mayo. En Cantabria, el artículo 7 del Decreto 225/2019 y, desde julio de 2025, el Decreto 50/2025. En Cataluña, el artículo 221-1 del Decreto 75/2020. Una consulta, el precepto equivalente en cada comunidad, y lo que los tribunales han dicho de él.
Lo que incluye
- Las 17 leyes de turismo completas, con todas las versiones de cada artículo y la norma modificadora de cada una.
- 195 decretos y órdenes de 15 comunidades extraídos de los boletines autonómicos, articulados y enlazados al boletín.
- Anulaciones a nivel de artículo y apartado, con ECLI, cita y nivel de confianza.
- La cadena de modificaciones y correcciones de errores colgada de cada norma base: la corrección de 2019 no aparece nunca como «la norma vigente».
- Consulta comparada entre comunidades y búsqueda en lenguaje de cliente, sin necesidad de conocer el vocabulario de la norma.
- Un bloque de cobertura en cada respuesta que dice qué comunidades hay, cuántas normas se han cruzado con jurisprudencia y qué falta.
Las herramientas
turismo_normativa— busca por comunidad, materia, norma o artículo y devuelve el texto con sus anulaciones; con fecha, la redacción vigente ese día.turismo_regimen— qué normas de una materia regían en una comunidad a una fecha, con las modificaciones colgadas de la base.turismo_buscar— búsqueda semántica en lenguaje natural sobre los artículos.
Encajan con vut_registro, hospedaje_zonificacion, alquiler_zona_tensionada y cambio_uso_viabilidad: dada una referencia catastral, qué registro, qué zonificación municipal y qué régimen autonómico le aplican.
Lo que no promete
No interpreta disposiciones transitorias ni derogatorias: señala la norma más reciente y sus modificaciones, y remite al texto. No sustituye al boletín: cada norma lleva su URL oficial. Y el cruce con jurisprudencia no cubre todavía todas las normas; la cobertura se declara en la propia respuesta, porque un silencio nunca debe leerse como garantía de que el artículo está intacto.
Preguntas frecuentes
¿Puedo alquilar mi piso a turistas en Madrid? ¿Qué norma lo regula?
El Decreto 79/2014, de 10 de julio, modificado por el Decreto 29/2019, exige declaración responsable ante la Dirección General de Turismo. Dos de sus preceptos están anulados: los apartados 1 y 3 del artículo 17 por la STSJ Madrid 992/2021, y el inciso del visado colegial del 17.1 por la STS 1741/2018. Nearius devuelve el artículo con esas anulaciones marcadas y la cita de cada sentencia.
¿Cuál es la estancia mínima en una vivienda de uso turístico?
Depende de la comunidad. En Madrid el mínimo de cinco días del artículo 17.3 del Decreto 79/2014 fue anulado por el TSJ en 2016 y ya no existe. Cantabria lo regula en el artículo 7 del Decreto 225/2019 y Cataluña en el artículo 221-1 del Decreto 75/2020. Nearius compara el precepto equivalente en cada comunidad.
Me han sancionado por un piso turístico sin número de registro. ¿Qué me aplican?
El régimen sancionador de la ley de turismo de la comunidad y el del decreto de viviendas de uso turístico. En Canarias, el artículo 17 del Decreto 113/2015 y los artículos 42 y 75 de la Ley 7/1995. Para recurrir importa la redacción vigente el día de los hechos: Nearius sirve cada artículo en la versión que regía en esa fecha.
¿Qué ley de turismo estaba en vigor en Baleares en 2015 y qué decía sobre las estancias turísticas?
La Llei 8/2012, de 19 de juliol, en su redacción original. Su artículo 50, sobre comercialización de estancias turísticas, fue modificado en 2017 y después ocho veces más. Nearius devuelve la redacción del artículo 50 vigente a 1 de enero de 2015, con la fecha de inicio y fin de esa versión.
¿Está derogado el Decreto 225/2019 de viviendas de uso turístico de Cantabria?
Ha sido sustituido por el Decreto 50/2025, de 24 de julio, confirmado por la STSJ Cantabria 198/2026 frente al recurso de AVUTCAN. Para hechos anteriores a julio de 2025 sigue aplicándose el Decreto 225/2019.
¿Cómo sé si un artículo de un decreto autonómico ha sido anulado por un tribunal?
No aparece en el boletín ni en el BOE: hay que cruzarlo con la jurisprudencia contencioso-administrativa. Nearius lo hace a nivel de artículo y apartado, marca cada anulación con su ECLI y un nivel de confianza, y declara qué normas ha revisado y cuáles no.
¿Qué comunidades tienen regulación propia de viviendas de uso turístico?
Andalucía (Decreto 28/2016 y Decreto-ley 7/2024), Aragón (Decreto 1/2023), Canarias (Decreto 113/2015 y Ley 6/2025), Cataluña (Decretos 164/2010 y 75/2020), Cantabria (Decreto 50/2025), Castilla y León (Decreto 3/2017), Castilla-La Mancha (Decreto 253/2023), Comunitat Valenciana (Decreto 10/2021 y Decreto Ley 9/2024), Madrid (Decreto 79/2014) y Baleares (Llei 8/2012). Nearius lista por comunidad la norma base y sus modificaciones.